SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.
Folio: 000049
Fecha Solicitud: 2007-04-04
Fecha de Respuesta: 2007-04-10
Información Solicitada:
nivel de estudios de cada uno de los comisionados de la cotaipec
Respuesta:
San Francisco de Campeche, Cam.; a 10 de abril de 2007 OFICIO NÚM. UA/ 0012/ 07 ASUNTO: Se resuelve su solicitud de folio 000049 de fecha: 4 de abril de 2007 C. LUIS PRESENTE Con fundamento en lo que establecen los Artículos 20, Fracciones I, III y VIII; 44, Fracción I; y 48 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Campeche; 49, Fracción XII; 74 y demás aplicables del Reglamento Interior de esta Comisión, y Sexto, Fracción II, y Décimo de los “Lineamientos que deberán observar los Entes Públicos a que se refiere la Fracción IV del Artículo 4 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Campeche, en la recepción, procesamiento, resolución y notificación de las solicitudes de acceso a la información pública que formulen los particulares”, publicados en el Periódico Oficial del Estado de fecha 16 de enero de 2007, por este medio, me permito dar respuesta a su solicitud de información,“nivel de estudios de cada uno de los comisionados de la cotaipec”, de Folio No. 000049, en los siguientes términos: El nivel de estudios con el que cuenta los comisionados de esta Comisión de Transparencia es el siguiente: Comisionado Presidente: C.D.O. Gonzalo Ernesto Bojorquez Risueño.- Cirujano Dentista Especialista en Ortodoncia. Comisionada Propietaria: L.A.E. Teresa León Buenfil.- Licenciada en Administración de Empresas. Comisionado Propietario: C.P. Tirso Agustín R. de la Gala Gómez.- Maestro en Contaduría Queda enterado que de acuerdo con lo que establecen los artículos 62 y 64 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Campeche, podrá impugnar esta resolución, por sí o a través de su representante, mediante el recurso de revisión dentro de los quince días hábiles siguientes a esta notificación, por conducto de esta Unidad de Acceso, o directamente a la Comisión de Transparencia, a través del formato RRAIP-PF, el cual se encuentra disponible en la Página de Internet de dicha Comisión en la dirección electrónica www.cotaipec.org.mx. O en su caso, de acuerdo con lo que dispone el Artículo 74 de la ley citada con anterioridad, puede impugnar la presente resolución directamente ante la Sala Administrativa del Tribunal Superior de Justicia del Estado, mediante el juicio de nulidad correspondiente. Sin más por el momento, quedamos a sus órdenes para cualquier duda o comentario en nuestro correo: cotaipec@cotaipec.org.mx. ATENTAMENTE C.P. GUADALUPE CÁRDENAS GUERRERO, RESPONSABLE DE LA UNIDAD DE ACCESO